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Administración de Reservas Internacionales

Aspectos Generales de la Administración de Reservas Internacionales

Las reservas internacionales se definen como los activos externos que están disponibles de inmediato y bajo el control de las autoridades monetarias para satisfacer necesidades de financiamiento de la balanza de pagos, para intervenir en los mercados cambiarios a fin de influir sobre el tipo de cambio y para otros fines conexos.

En este ámbito, y de conformidad con el objetivo fundamental del Banco Central de Nicaragua (BCN), de preservar la estabilidad de la moneda nacional y el normal desenvolvimiento de los pagos internos y externos, la administración de las reservas internacionales tiene como principal propósito apoyar la política monetaria y cambiaria del país.

Las reservas internacionales constituyen un activo nacional público, cuya administración es parte de las principales funciones del BCN.

Marco legal y normativo

El BCN dispone de un marco legal y normativo que define su autoridad y funciones para la administración de sus reservas internacionales. Según, la Ley No.1232 Ley de Administración del Sistema Monetario y Financiero, el BCN registrará sus activos externos en divisas, oro o cualquier otro activo elegible como reservas internacionales, las que podrán colocarse o invertirse atendiendo los criterios de riesgo, liquidez y rentabilidad.

Por su parte, el marco normativo interno establece los principios y lineamientos que rigen la administración de las reservas internacionales del BCN, así como, las disposiciones y procedimientos aplicables a la administración de dichas reservas. Este marco, con base a los criterios de riesgo, liquidez y rentabilidad, tiene como objetivos fundamentales la conservación del capital y liquidez. El objetivo de rentabilidad está subordinado a los objetivos de conservación del capital y liquidez.

Activos elegibles

Son activos elegibles los siguientes:

a. Depósitos a plazos y depósitos en cuentas operativas en instituciones del exterior.

b. Instrumentos del mercado monetario internacional y del mercado internacional de capitales.

c. Oro.

d. Instrumentos o contratos derivados para manejo de riesgos.

e. Divisas.

f. Cualquier otro instrumento financiero elegible como reserva internacional que determine el Banco Central.

Instituciones y emisores elegibles

Son elegibles para la inversión de las reservas internacionales las siguientes instituciones o emisores:

a. Gobiernos extranjeros, sus agencias y bancos centrales.

b. Entidades oficiales internacionales, organismos financieros multilaterales y supranacionales.

c. Entidades financieras y no financieras en el exterior.

Corresponde al Banco Central establecer tanto los criterios para la selección y contratación de estas entidades como los límites máximos aplicables a las mismas.

Tramos de Inversión y gestión de riesgos

Las reservas internacionales del BCN están estructuradas en los siguientes tramos:

TramoTramo de LiquidezTramo de InversiónTramo de Otros Activos
ObjetivoCubrir o atender los requerimientos operativos de liquidez del BCN.La diversificación de los activos de reservas y procurar obtener el rendimiento de los mercados internacionales u otro objetivo que el Banco Central establezca.Gestionar aquellos activos no incluidos en los otros tramos; pero, que forman parte de los activos de reserva del BCN.
Instrumentos de inversión de los tramos

vínculos relacionados con la publicación de los cuadros estadísticos de reservas internacionales: