INFORME ANUAL
El Informe Anual del Banco Central es una de las publicaciones más importantes del ente emisor. El Artículo 42 de la Ley de Administración del Sistema Monetario y Financiero establece literalmente lo siguiente:
“Dentro de los tres primeros meses de cada año, el Presidente del Banco Central presentará al Presidente de la República y a la Asamblea Nacional, conforme lo dispuesto por la Constitución Política de la República de Nicaragua, el Informe Anual de la institución del año precedente, el cual será publicado y deberá contener, al menos, los aspectos siguientes:
a. Descripción y análisis de la evolución económica y financiera del país, así como de la política monetaria y cambiaria.
b. Evaluación de la situación general y financiera del Banco Central, así como del desarrollo de sus operaciones.
c. Información estadística económica y financiera.
d. Cualquier otro aspecto o circunstancia de relevancia de la economía nacional.
